Aunque la reforma en materia de transparencia permanece detenida en la Cámara de diputados, tres jurisprudencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se vinieron a sumar a la serie de cambios normativos que poco a poco han tratado de disminuir la opacidad en el manejo de los recursos por parte de los partidos políticos.
De esta manera, aún antes de que el Congreso apruebe la reforma que establece que los partidos políticos serán también sujetos obligados de transparencia, el TEPJF ordenó que a través del Instituto Federal Electoral (IFE) todo ciudadano que así lo solicite deberá recibir, bajo procedimientos ágiles, claros y expeditos toda la información que requieran. En caso de no contar con la información, se fijarán plazos perentorios para que los partidos generen la información que no tengan disponible, de lo contrario, serán sancionados.
Con estas medidas se ha tratado de frenar la mala práctica que tenían los partidos políticos de imponer un recurso de revisión contra las resoluciones del Comité de Información del IFE o de ser omisos en sus obligaciones de transparencia a la vez que se fortalece la labor del órgano electoral.
Además del ejercicio de fiscalización que realiza el IFE, en el reglamento en materia de transparencia y acceso a la información pública de este instituto se establece que los partidos políticos deben poner a disposición de la ciudadanía información relacionada con sus actividades, uso y aplicación de recursos, cuestión que no siempre se cumple. En la sentencia 12/2012 aprobada hace una semana por el TEPJF se establece que el Comité de información del IFE está facultado para emitir las medidas necesarias para materializar el derecho a la información de los ciudadanos además del respeto a los principios de máxima publicad, facilidad de acceso y exhaustividad en la búsqueda y entrega de información pública en poder de los partidos políticos. En la sentencia 13/2012 se puntualiza que sólo las causas de fuerza mayor justificadas eximen al IFE de garantizar el derecho de acceso a la información y finalmente, la sentencia 20/2012 (aprobada en julio del año pasado) se establece que los partidos políticos carecen de legitimación para imponer un recurso de revisión, que tenga como propósito combatir las resoluciones del Comité de Información, que obliguen a entregar la información que les fue solicitada.
Los partidos políticos mexicanos han sido criticados por la falta de transparencia en el manejo de su vida interna pero sobretodo por la opacidad del manejo de recursos públicos. El modelo de financiamiento mixto mayoritariamente público (recursos públicos y recursos privados) ha generado un complejo modelo de fiscalización que ha tenido sus principales avances a nivel federal, sin embargo, aún no se ha logrado cumplir con un sistema que brinde de manera expedita y exhaustiva la certeza necesaria en esta materia.
Asimismo, en el diseño actual, se ha criticado que los ciudadanos tengan que recurrir al IFE para obligar a los partidos políticos a brindar información, sin acceso directo, los ciudadanos no son sujetos activos de la transparencia partidaria, situación que podría cambiar al aprobarse la reforma pendiente.


















































