El Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos (Ifai) ordenó a la Procuraduría General de la República (PGR) entregar en versión pública el soporte documental sobre los resultados de las evaluaciones de control de confianza aplicadas a altos mandos de seguridad pública en todo el país entre 2011 y junio de 2013.

La información deberá especificar el nombre del servidor público, su cargo y el resultado de la evaluación.

La lista deberá incluirlos resultados de las pruebas realizadas al secretario de Seguridad Pública, el procurador General de Justicia, el secretario General de Gobierno, el secretario Ejecutivo del Sistema o Consejo Estatal de Seguridad Pública, los subprocuradores, los subsecretarios de Seguridad Pública, el responsable de la Policía Preventiva y el responsable de la Policía Ministerial.

Al atender la solicitud del particular que requirió esta información, la PGR le indicó que el órgano responsable de la certificación, acreditación y control de confianza de servidores públicos, en el ámbito estatal y federal, es el Centro Nacional de Certificación y Acreditación, que depende del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, por lo que le sugirió presentar su solicitud ante dicha instancia.

El requirente presentó entonces un recurso de revisión ante el Ifai argumentando que en abril pasado la PGR, le proporcionó los resultados de las evaluaciones de control de confianza aplicadas a altos mandos del estado de Sinaloa.

La PGR modificó su respuesta en alegatos pero sólo para señalar que la información se encontraba reservada porque está contenida en los expedientes y reportes de resultados de los procesos de evaluación, “los cuales se consideran reservados”.

Además, señaló que la información solicitada contienen datos personales, cuya difusión requiere del consentimiento expreso de su titular.

Tras analizar el caso, la comisionada ponente, María Elena Pérez-Jaén, avaló la reserva de los expedientes de evaluación, debido a que su difusión implicaría revelar los reactivos o las preguntas aplicadas y, en consecuencia, “se pudieran vulnerar los procesos de admisión o de permanencia del personal”.

Sin embargo, consideró improcedente la reserva del nombre, cargo y resultado de la evaluación aplicada a los mandos policiacos, primero porque, dijo, los nombres y cargos de los altos mandos evaluados es información que, por obligación, debe ser pública.

Además, señaló, dar conocer el resultado obtenido por los servidores públicos evaluados, “da cuenta de la idoneidad de éstos para ocupar sus respectivos cargos en el ‘Sistema de Seguridad’ y contribuye a transparentar la gestión pública”.

Permite también que la sociedad evalúe si el servidor público cumple o no con los principios constitucionales que rigen su actuación: legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos, y permite saber si los servidores cubren el perfil solicitado para ocupar determinado puesto.

Por ello Pérez-Jaén propuso revocar la clasificación invocada por la PGR, e instruirle a entregar una versión pública del documento que da cuenta de los resultados de las evaluaciones de control de confianza, aplicadas a altos mandos de seguridad pública de los 31 estados y el Distrito Federa entre 2011 y junio de 2013.

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