La autonomía constitucional del IFAI y sus nuevas facultades requieren de titulares con conocimiento probado, expertos y con trayectoria destacada en la materia, independientes e imparciales, sostiene el Colectivo por la Transparencia (CT) en un comunicado.
“Consideramos que la conformación actual del Pleno no es pertinente porque no tiene las características necesarias para desempeñar eficazmente las nuevas funciones que otorga la Constitución al IFAI. Las y los comisionados que actualmente integran el Pleno del Instituto muestran fallas notorias en la aplicación del conocimiento del derecho de acceso a la información. Han desaprovechado oportunidades valiosas para maximizar la protección de este derecho, como en los casos siguientes: la publicidad de la información en los casos de violaciones graves a derechos humanos, las estadísticas sobre averiguaciones previas iniciadas contra funcionarios públicos de alto nivel, los nombres de beneficiarios de fideicomisos públicos, los bonos de riesgo de algunos funcionarios públicos, entre otros”, subraya el CT.
Además, continúa el comunicado, “la falta de articulación con la sociedad para la generación y construcción de políticas públicas ha estancado la promoción del derecho a la información.” La reforma constitucional en materia de transparencia amplia las facultades del IFAI. Para potencializarlas, la evaluación que realice el Senado de la República a las y los comisionados actuales deberá considerar las opiniones y principios de interpretación que han manifestado públicamente en el Pleno y en sus declaraciones en medios, su gestión y las posibilidades de acercamiento, vinculación y coordinación con otros actores.
Las nuevas disposiciones constitucionales, concluye el Colectivo por la Transparencia, “tienen implicaciones fundamentales para el país: se incorpora a partidos políticos y sindicatos como sujetos obligados del marco normativo de transparencia, se dota de autonomía constitucional al IFAI y de facultades para revisar las resoluciones de órganos garantes locales, y obliga a las autoridades públicas a documentar todo acto que derive del ejercicio de sus funciones.”