De no hacerlo la institución podría recibir sanciones en su contra.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) emitió una resolución en la que ordena al Consejo Nacional de Humanidades, Ciencia y Tecnología (Conahcyt) responder, como sujeto obligado, la solicitud de información que hizo el politólogo Diego Micher. A través de la Plataforma Nacional de Transparencia, Micher pidió el expediente y la información sobre las presuntas redes de intereses creadas alrededor del CIDE, el desvío de funciones y los Centros Públicos de Investigación (CPI) neoliberales.
Vale la pena recordar que el 3 de mayo, la directora del hoy Conahcyt, María Elena Álvarez-Buylla, presentó en la conferencia mañanera una supuesta “red de intereses creados” y “desvíos de funciones” como parte de un informe. La lámina, a la manera de un gran esquema, se desarrolló a partir del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) y la figura de su exdirector, Sergio López Ayllón. En el esquema fueron señaladas instituciones, escuelas, medios de comunicación y diversos organismos, incluyendo al INE, a la Suprema Corte y al propio INAI.
En el recurso de información emitido hoy, explica Micher, se señala que tanto Álvarez-Buylla como la Dirección de Asuntos Jurídicos del Consejo están obligados a poseer y entregar la información solicitada. Sin embargo, la directora de Conahcyt fue omisa, puesto que no se pronunció sobre la información, ni durante la solicitud, ni durante el recurso de revisión, a pesar de estar obligada a ello.
En el apartado Quinto de la resolución, el INAI instruyó al Conahcyt a que, “en caso de que el resultado de la búsqueda es la inexistencia de la información requerida, a través de su Comité de Transparencia, el sujeto obligado deberá declarar formalmente la inexistencia conforme a lo establecido en los artículos 141 y 143 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la cual deberá contener las razones fundadas y motivadas por las cuales no cuenta con lo solicitado”.
Álvarez-Buylla, quien hasta el momento no ha mostrado evidencia alguna que respalde sus afirmaciones —abunda Micher—, tiene 10 días hábiles, a partir del 19 de septiembre, para entregar la información solicitada o, de ser el caso, declararla inexistente. Además de que, en caso de incumplimiento, el INAI podrá determinar medidas de apremio y sanción en su contra.
Fuente: El Universal