En sesión extraordinaria, el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) acordó por unanimidad interponer acción de inconstitucionalidad contra dos fracciones de un artículo de la ley en la materia del estado de Morelos.

Los seis comisionados presentes (faltó al pleno el comisionado Francisco Javier Acuña Llamas) coincidieron en que las fracciones I y VIII del Artículo 119 de la referida legislación, contravienen la Constitución, pues exigen que las personas que presentan un recurso de revisión, tengan un representante y firmen de propia mano el recurso.

Durante la discusión del acuerdo, la comisionada Areli Cano Guadiana explicó que esos requisitos son superiores no sólo a los que establece la Ley General de Transparencia, sino incluso superiores a los que establece el Artículo 6 constitucional, lo cual justifica la acción de inconstitucionalidad.

Sin embargo, aclaró que la ley en su conjunto no está impugnada, sino solamente estas dos fracciones del Artículo 119 (publicada el 27 de abril de 2016 en el periódico oficial de Morelos, “Tierra y Libertad”) y reconoció el trabajo conjunto efectuado entre el órgano garante y el Congreso de Morelos.

En el mismo sentido, el comisionado Óscar Guerra Ford insistió en que esos requisitos establecidos en las fracciones del artículo a impugnar contravienen la Constitución, pero constituyen apenas una parte mínima de la ley, que en 99.8 por ciento de su contenido (los restantes 174 artículos), es positiva e incluso progresista…

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