Resuelve el pleno que hubo desaseo y vicios legislativos del Congreso local al aprobar la norma; no podrá aplicarse en el proceso para gobernador a realizarse en 2016
Por graves irregularidades al momento de su votación y aprobación, la Suprema Corte de Justicia (SCJN) invalidó la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca, que ya no podrá aplicarse en el proceso electoral para gobernador a realizarse en junio de 2016.

Al resolver una acción de inconstitucionalidad promovida por el PAN y Morena, el pleno de la Corte resolvió que los partidos mayoritarios del Congreso local (PRD y PRI) no respetaron los procedimientos legislativos mínimos que deben existir dentro de una democracia representativa, por lo que el ministro presidente Luis María Aguilar calificó como viciado y desaseado el procedimiento legislativo que se usó para aprobar dicha norma.

Entre las irregularidades detectadas destaca que no hay constancia de las respectivas convocatorias a la sesión extraordinaria.
Tampoco existen constancias de que se haya repartido el dictamen de ley a los integrantes del Congreso estatal de manera previa a la sesión,como durante la misma…

Leer nota completa en EL UNIVERSAL

http://goo.gl/4vPC0m