El nuevo ómbudsman, Luis Raúl González Pérez, tiene la integridad, la experiencia y el compromiso necesarios para enfrentar el reto enorme que tiene la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) de volver a erigirse en un organismo constitucional autónomo, que haga valer su independencia frente al poder y garantizar el respeto a los derechos humanos. Y es que una cosa es la autonomía constitucional en la norma y otra distinta es la que objetivamente venía ejerciendo la CNDH en los últimos años. Con frecuencia, la velocidad con la que desarrollaba sus investigaciones y el sentido mismo de sus recomendaciones dependían más de cálculos políticos, que del afán de proteger los derechos humanos.

El ejercicio selectivo de su autonomía explica que el titular de la CNDH se enorgulleció en informar que en 2013, las autoridades habían acatado todas sus recomendaciones, sin reparar en la sustancia de éstas. También explica por qué en el contexto del relevo de la presidencia de la CNDH, presentó con anticipación a lo previsto, el resultado de la investigación del caso Tlatlaya, con un pronunciamiento que corrigió la versión oficial sobre la intervención del Ejército, con la intención de mostrar su independencia.

Quiero recordar dos casos que ilustran cómo la CNDH renunciaba a su autonomía, cediendo a los dictados de las autoridades. En 2010, el IFAI emitió una resolución en contra del SAT, sobre la cancelación de 711 mil créditos fiscales que ascendían a 73,960 millones de pesos, en la que le instruyó a abrir la información de los nombres y los montos de las personas físicas y morales a los que se dejaría de cobrar. A petición de algunos contribuyentes amnistiados, la CNDH decidió intervenir, promoviendo una conciliación entre dichas personas y el SAT, que derivó en la publicación de la información sobre los montos, ocultando los nombres de los favorecidos. Vale la pena señalar que algunos de los créditos cancelados ascendían a más de 100 millones de pesos (IFAI, 6030/09).

La intervención de la CNDH no sólo invadió la esfera de competencia del IFAI, como órgano especializado en el derecho de acceso a la información, sino que surgió de una petición del propio SAT, pues los beneficiados de la cancelación de un crédito fiscal desconocían estar en dicha circunstancia, ya que es una decisión discrecional de la autoridad fiscal. En ese entonces, el IFAI carecía de la facultad para interponer una controversia constitucional y hacer valer sus competencias específicas respecto de un derecho fundamental.

Un caso de lentitud en la actuación de la CNDH fue el relativo a la masacre de 72 migrantes en San Fernando, Tamaulipas, ocurrido en 2010. Dos años después, el IFAI (RDA791/12) no pudo hacer efectiva la excepción a la reserva de las averiguaciones previas cuando existe una violación grave de derechos humanos, debido a que la CNDH no había concluido la investigación sobre el caso para determinar la naturaleza de la violación a los derechos humanos de los migrantes. Recientemente, la Suprema Corte resolvió que el IFAI si puede decidir si un caso se refiere a violaciones graves de derechos humanos, para efectos de abrir la información.

En este sentido, valdría la pena rescatar dos de las propuestas del programa de trabajo de Mauricio Farah, otro de los aspirantes a presidir la CNDH, para que las investigaciones sobre violaciones a los derechos humanos se realicen en un plazo no mayor a un año y para diseñar un esquema de transparencia y rendición de cuentas que permita difundir las recomendaciones y conciliaciones de la CNDH. Esto ayudaría a que la ciudadanía ejerciera un puntual escrutinio sobre las actuaciones de la Comisión, contribuyendo a recuperar la confianza perdida, particularmente en el contexto actual de desapariciones forzadas y homicidios masivos que padecemos.

Fuente: El Universal