El Senado de Uruguay aprobó la ley de transparencia fiscal, que “da un golpe casi mortal” al secreto bancario, de acuerdo a las palabras del propio presidente del Banco Central, Mario Bergara.
Según informa el periódico El País, el Ejecutivo definió el monto a partir del cual se deberá informar a la Dirección General Impositiva (DGI) el saldo, promedio anual y rendimiento de los depósitos bancarios: será de USD 50.000 para residentes, tanto personas físicas como jurídicas.
El mismo diario consigna que la Ley de Transparencia Fiscal Internacional, Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo -además de flexibilizar el secreto bancario- obliga a identificar a los beneficiarios finales de sociedades uruguayas y aumenta los impuestos a las sociedades en paraísos fiscales.
Tan importante como la ley, es la reglamentación que emitirá el Poder Ejecutivo en las próximas horas. Allí se establecerá que todas las cuentas de residentes con depósitos superiores a USD 50.000 deberán reportar su saldo, promedio anual y rendimiento al fisco, adelantó a El País el subsecretario de Economía y Finanzas, Pablo Ferreri.
Para los no residentes se respetará el estándar de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE): más de USD 250.000 para cuentas a nombre de personas jurídicas y más de USD 1.000.000 en el caso de personas físicas. Ferreri aclaró que esos montos regirán el primer año, pero desde 2018 se deberán informar todos los depósitos de extranjeros sin importar el monto…
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