El Senado tiene listo el borrador del dictamen de reforma al Código Penal, en el que se contempla castigar los actos de corrupción como delincuencia organizada, cuando actúen en complicidad tres o más personas.

Luego de los debates en los que especialistas han advertido sobre la operación de la corrupción a través de redes de funcionarios y particulares, los legisladores alistan adiciones para incorporar una disposición que permita castigar esas acciones con la cárcel.

“Se introduce el régimen de delincuencia organizada como medio comisivo. Cuando exista una organización de hecho de tres o más personas, sean servidores públicos o personas físicas, para cometer alguno de los delitos establecidos… en forma permanente o reiterada”, se indica.

Por otro lado, el documento también establece el delito de coalición de servidores públicos, que podrá sancionarse de tres a 10 años de prisión, destitución e inhabilitación por el mismo periodo para desempeñar otro empleo o cargo público.

“Cometen el delito de coalición de servidores públicos, los que teniendo tal carácter se coaliguen para tomar medidas contrarias a una ley o reglamento, impedir su ejecución o para hacer dimisión de sus puestos con el fin de impedir o suspender la administración pública en cualquiera de sus ramas.

“No cometen este delito los trabajadores que se coaliguen en ejercicio de sus derechos constitucionales, que hagan uso del derecho de huelga; tampoco se actualizará este supuesto como delincuencia organizada”, señala.

En general, el proyecto contempla un listado de Delitos en Materia de Corrupción en contra de la Función Pública, en el que se reconoce que los particulares también pueden cometer ese tipo de delitos, cuando se equiparan a una autoridad.

En un apartado se establece que para que haya eficacia en la inhabilitación de los funcionarios corruptos, la sanción aplicará después de que hayan cumplido su castigo en prisión.

“Con la finalidad de establecer de manera clara la severidad de las sanciones para los delitos en materia de corrupción en contra de la función pública y contra la administración de justicia, la inhabilitación para los servidores públicos… deberá computarse a partir del día siguiente al último día de prisión; comenzará a transcurrir una vez que se hayan compurgado las respectivas penas privativas de la libertad”, se indica.

Adicionalmente, se contempla la prisión preventiva oficiosa cuando el delito sea grave, para que el castigo sea ejemplar en la persecución de los corruptos.

REFORMA publicó que el Congreso de la Unión incumplirá el plazo constitucional para aprobar las leyes que darán vida al Sistema Nacional Anticorrupción antes del 28 de mayo.

A pesar de la exigencia ciudadana, ni diputados ni senadores alcanzaron un acuerdo sobre el contenido de las reformas y las fechas para realizar un periodo extraordinario de sesiones.

Dicho sistema requiere de la aprobación de siete leyes, en cinco de las cuales los legisladores han logrado avances: Ley del Sistema Nacional Anticorrupción, Ley de Responsabilidades, Ley orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa, Ley de Fiscalización y Ley orgánica de Administración Pública Federal.

En cambio, no se ha llegado a acuerdo en torno al Código Penal Federal y la Ley Orgánica de la PGR, para crear la Fiscalía Anticorrupción.

Fuente: Reforma