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[1]La importancia del saber de la historia.[2]

El saber de la historia es importante en innumerables sentidos. Como sociedad, conocer la verdad sobre lo que pasó puede funcionar para evitar que se repitan situaciones que lastiman los derechos fundamentales de personas y grupos. Es parte de la reparación del daño en violaciones graves de derechos humanos.[3]  El conocimiento de la historia puede ayudarnos a que nos expliquemos la realidad cotidiana, por ejemplo las condiciones de movilidad en megalópolis como la Ciudad de México fueron definidas hace décadas[4]. En el caso de la instalación de las líneas del metro, el resultado de las apuestas que se llevaron a cabo no cumplió totalmente con los objetivos planteados, pero si generaron otras condiciones que ahora se deben atender. La instalación de las primeras líneas del metro permitió conectar a las personas hacia la Ciudad de México, pero también demandó la utilización de otros medios de transporte público y privado, entre otras condiciones que afectaron las condiciones ambientales.

Conocer las decisiones que se tomaron en el pasado puede ser útil para las decisiones venideras. Los archivos históricos son elementos esenciales para que la sociedad y el Estado construyan nuevas realidades orientadas hacia el interés público. Es por esto que debe asegurarse su publicidad y acceso.

La protección de los documentos y archivos en los que consta lo pasado comienza con la definición de un marco normativo extenso y progresivo que asegure su conservación y acceso público amplio. La clasificación de la información del archivo histórico como reservada o confidencial es improcedente. Después de 30 años es difícil justificar por qué no debe tenerse acceso a ella, además una clasificación más prolongada puede atentar contra el principio de oportunidad o expeditez del acceso a la información.

Robert Parry[5] plantea que existe una relación estrecha entre la información en posesión del Estado y la rendición de cuentas histórica a propósito de su reflexión sobre las filtraciones realizadas por Wikileaks y una solicitud de información ingresada por él donde buscaba conocer documentos sobre la estrategia del ex Presidente Reagan para lidiar con Irak cuando éste país entró en guerra con Irán. El periodista plantea un interesante paralelismo con la utilizada frase “justicia retrasada es justicia negada” y considera que este mismo planteamiento aplica en el caso de la historia. Señala “historia retrasada puede significar rendición de cuentas negada”. Dice Parry que la pérdida de la historia puede significar que si la sociedad no conoce lo que se hizo y quién lo hizo, su discernimiento sobre lo públicamente deseable puede ser sesgado hacia caminos peligrosos, creados por las mismas personas que generaron esos mismos caminos peligrosos.[6]

La protección de los archivos históricos y de todos los archivos radica también en el diseño institucional nacional de las autoridades públicas y otros actores sociales que serán responsables de ellos.

Queda pendiente la reforma a la Ley Federal de Archivos para dar pie al desarrollo de la Ley General de Archivos como fue mandatado por la reforma constitucional de transparencia en 2014 y para que exista una correlación integral entre las disposiciones e instituciones reguladas por la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información, la Ley General de Protección de Datos Personales y la que habrá de ser la Ley General de Archivos. Dos figuras son importantes en la definición del marco normativo en materia archivística: el Sistema Nacional de Archivos, y el Consejo Nacional de Archivos. Al haber nacido como parte de la reforma constitucional de 2014, igual que en materia de transparencia, los archivos regulados se refieren a aquéllos no sólo del poder ejecutivo, sino del poder legislativo, el poder judicial, los archivos privados en todos los niveles de gobierno Lo anterior representa un enorme reto.

La participación del Archivo General de la Nación es importante sin duda, pero está acotada únicamente a los archivos e información del poder ejecutivo y pertenece a la Secretaría de Gobernación. El que no se modifique su naturaleza jurídica para hacer al AGN al menos un órgano descentralizado y no sectorizado a la Secretaría de Gobernación complicará asegurar la independencia y autonomía de uno de los principales órganos para la protección de archivos.

Es importante recordar que el Archivo General de la Nación es la sede de los archivos históricos de México a nivel nacional, pero sólo están ahí aquellos que han pasado un proceso de transferencia. Es decir, que han sido dictaminados como archivos que ya no son utilizados como parte de los trámites cotidianos que las autorizadas realizan para cumplir con sus mandatos -archivos de trámite- y han pasado a resguardarse como archivos de concentración, que dan cuenta de procesos semiactivos. La producción y conservación de los archivos de trámite y concentración son eslabones de la rendición de cuentas, el mismo caso de los archivos históricos.

Puede resultar interesante pensar en el diseño de la actual sede del AGN, colocando como límite que la disposición de estas instalaciones fue realizada con fines legítimos así como puramente pragmáticos y funcionales. Las instalaciones del AGN descansan sobre el modelo arquitéctonico de la Penitenciaria de Lecumberry que retomó el diseño del panóptico del filósofo utilitarista Jeremy Bentham en el siglo XVIII. La idea era que quién controla puede observar a cada uno de los ocupantes de las celdas o habitaciones y ellos no pueden observar al que los observa, ni tampoco saber si están siendo observados en todo momento.  El problema no es sólo la vigilancia del poder sobre la sociedad, si no la posibilidad de decidir las partes de la historia de las que se deja constancia.

[1] La primera imagen fue obtenida del video del Archivo General de la Nación. Disponible en: http://www.gob.mx/agn/videos/archivo-general-de-la-nacion-memoria-de-mexico?idiom=es La segunda es un mapa de elaboración propia generado con Arcgis.

[2] Gabriela Morales, Investigadora sobre Derechos Humanos y Democracia.

[3] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Derecho a la Verdad en América, http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Derecho-Verdad-es.pdf, 2014.

[4] http://www.gob.mx/agn/articulos/agn-recuerda-la-inauguracion-del-metro-via-el-nacional?idiom=es

[5] Parry, Robert, Endangering democracy: Manning’s Secrets v. over Classiffication, Global Research, 5 de junio de 2013, http://www.globalresearch.ca/endangering-democracy-mannings-secrets-v-over-classification/5337761

[6] Ibidem.