Ciudad de México, 21 de enero de 2020

Lic. Andrés Manuel López Obrador, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos

Lic. Olga Sánchez Cordero, Secretaria de Gobernación

Dr. Carlos E. Ruiz Abreu, Director General del Archivo General de la Nación

Dr. Francisco Javier Acuña Llamas, Comisionado Presidente del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

A la comunidad académica

A la opinión pública

Por este medio, estudiantes, profesores, académicos e investigadores de distintas instituciones culturales y educativas así como ciudadanos en general, queremos hacer pública nuestra preocupación e inconformidad ante el Comunicado emitido por el Archivo General de la Nación (AGN) con fecha del 16 de enero de 2020, referente a la consulta de los Fondos de las extintas Dirección Federal de Seguridad (DFS) y Dirección General de Investigaciones Políticas y Sociales (DGIPS) depositados en dicho Archivo.

En el comunicado las autoridades de la más importante institución archivística del país trasladan la responsabilidad de la apertura de estos fondos al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) −institución que en repetidas ocasiones ha fallado en favor de usuarios a quienes el AGN les ha negado la consulta de expedientes−, basando su argumento en una interpretación sesgada de la Ley General de Archivos vigente en lo que se refiere a la protección de datos personales, y se deslindan de la responsabilidad que les corresponde de garantizar que la consulta de los fondos mencionados sea abierta y sin restricciones.

La Ley General de Archivos señala que el INAI puede autorizar la consulta de documentos de interés público que se encuentren en archivos de concentración, pero no en los históricos pues éstos YA son fuentes de acceso público. Por lo anterior, consideramos que la petición que hizo el AGN al INAI para emitir una Declaratoria de este tipo respecto a la documentación generada por las extintas instituciones de inteligencia del Estado mexicano, no sólo es innecesaria, sino que puede ser interpretada como una maniobra para eludir las responsabilidades del AGN como rector de las políticas archivísticas nacionales.

En ese sentido consideramos que el Comunicado del 16 de enero forma parte de una serie de acciones que contradice, en la práctica, el compromiso con la apertura de archivos tal y como quedó estipulado en el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2019, en el cual se estableció claramente que “la información transferida por las dependencias, incluidos sus órganos administrativos desconcentrados y entidades de la Administración Pública Federal, podrá ser consultada por cualquier interesado, de conformidad con el procedimiento que emita el Archivo General de la Nación” (Artículo cuarto). No obstante, en las “Políticas para la consulta de los documentos que fueron transferidos al AGN en cumplimiento del Acuerdo presidencial”, los criterios establecidos por las autoridades del Archivo no buscan hacer accesible la documentación histórica, sino justificar los procedimientos que anteceden a la actual administración e implementar una política mucho más restrictiva.

Ello tuvo como consecuencia que el servicio prestado a los usuarios en el AGN durante 2019 fuese de la siguiente manera:

  • Pese a que la Ley General de Archivos vigente (LGA) establece que la documentación resguardada en archivos históricos debe ser consultada sin restricciones, especialmente la relacionada con violaciones a derechos humanos y corrupción, se mantuvo el procedimiento de solicitud de información para la consulta del fondo DFS por medio de la plataforma Infomex, lo cual únicamente debe aplicarse para solicitudes de información pública gubernamental en archivos de trámite y de concentración, no así para archivos históricos.
  • Se retiraron de consulta más de tres mil versiones públicas que habían sido elaboradas entre 2002 y diciembre de 2018 para su revisión. En consecuencia, actualmente sólo es posible acceder a 455 versiones públicas, muchas de las cuales han sido parcialmente mutiladas, además de testadas nuevamente, lo cual impide la compresión histórica de la información contenida en los documentos.
  • Se ha negado la existencia y, por tanto el acceso, a versiones públicas que ya existían y que fueron consultadas previamente.
  • En la elaboración de nuevas versiones públicas se ampliaron los criterios de clasificación de información y se negó la consulta de expedientes del fondo DFS con argumentos tales como: “la información solicitada no es de interés social” o “la información solicitada no tiene relación con violaciones a derechos humanos”.
  • La entrega de versiones públicas para los usuarios que recurrieron a la solicitud de información vía Infomex, y no les negaron la existencia de la documentación, se ha programado en un calendario que contempla entregas incluso hasta después de un año, bajo el argumento de que el AGN no cuenta con suficiente personal ni recursos para agilizar la elaboración de versiones públicas.

En resumen, la actual administración del AGN mantuvo la negativa de acceso a la documentación original del fondo DFS, negó la existencia de información y entregó versiones públicas testadas de expedientes de dicho acervo bajo criterios ambiguos y cuestionables, impidiendo con ello la consulta y por ende la investigación de la historia del siglo xx mexicano. El AGN mantiene una política sistemática para limitar el acceso a dicho acervo, contraviniendo lo expresado en la Ley General de Archivos, la cual, como hemos mencionado, establece con claridad que los archivos históricos deben ser consultados sin restricciones, especialmente si contienen información relativa a violaciones de derechos humanos cometidas por el Estado mexicano en el pasado.

Los usuarios del archivo manifestamos nuestra inconformidad por el proceder del AGN en distintos foros y espacios académicos realizados durante 2019. No obstante, el 6 de enero del presente año se comenzaron a aplicar las “Políticas de consulta” descritas en los párrafos anteriores a la documentación contenida en el fondo Dirección de Investigaciones Políticas y Sociales. Ante el rechazo y la inconformidad que generó esta medida, el 16 de enero de 2020, en su Comunicado, las autoridades del AGN decidieron transferir su responsabilidad al INAI.

En ese mismo documento se anuncia la apertura de una plataforma para que los usuarios contribuyan a argumentar frente al INAI las razones para dictar la citada Declaratoria. Con ello la administración del AGN hace evidente de facto la escasa atención que ha puesto a la enorme cantidad de apelaciones interpuestas desde 2002 por los investigadores, ante el propio INAI y el AGN, en las cuales hemos argumentado, con base en la Constitución Política de nuestro país y en las leyes vigentes, porqué es necesario que se permita la consulta de la documentación original de los archivos históricos. Paradójicamente, la plataforma sólo incluye tres preguntas generales que demuestran la poca seriedad con que se toman los argumentos de los usuarios del Archivo.

            Con todas las trabas burocráticas que implican las “Políticas para la consulta” aplicadas a los fondos DFS y DGIPS, en la práctica no se abre sino se restringe el acceso a dos de los acervos más importantes para el estudio de la historia del siglo XX mexicano y se sienta una pauta peligrosa para la gestión de los archivos históricos de todo el país. Pese a las promesas de transparencia y acceso a la información, la realidad es que, en lo que respecta a la consulta de los acervos históricos del siglo XX, ésta ha resultado más accidentada hasta llevar al extremo de imposibilitar la investigación, desde que comenzó la administración del Archivo General de la Nación bajo el mandato del Dr. Carlos Enrique Ruiz Abreu. El último comunicado del AGN únicamente viene a sumarse a dos marcadas tendencias de la actual gestión: ofrecer la apertura en el discurso, pero negar el acceso a la documentación en los hechos. Esta política contradice lo expresado por el presidente López Obrador y su declarada voluntad para la apertura de los archivos del pasado reciente.

Exhorto

Dado que el resguardo y consulta de los documentos históricos nacionales es de interés público en tanto que permite el estudio, reconstrucción y análisis de nuestro pasado y, por tanto, la explicación y comprensión de muchos procesos de la realidad actual, hacemos un llamado a las autoridades correspondientes a resolver a la brevedad la problemática descrita, a respetar nuestro derecho a la consulta de los archivos históricos y nuestro criterio profesional respecto al uso de la información en ellos contenida.

Conminamos, además, a que el Archivo General de la Nación asuma su papel como institución responsable de los archivos históricos y realice con prontitud las siguientes acciones:

Que publique la convocatoria para la instalación del Consejo Técnico y Científico Archivístico, previsto en la legislación, en la cual se contempla la participación de especialistas no sólo en archivonomía, sino en historia y derechos humanos, a fin de que todos los criterios que deban ser considerados para la gestión de los archivos históricos estén representados.

Que presente públicamente un informe sobre los fondos documentales que han llegado al AGN desde que fue dictado el Acuerdo presidencial del 28 de febrero de 2019.

Que dé cuenta detallada de los procesos archivísticos a los que están siendo sometidos los fondos DFS e DGIPS, así como del proyecto con base en el cual se están trabajando y quién es el personal responsable de dichos procesos.

Que dé a conocer claramente cómo se han elaborado las versiones públicas del fondo DFS, quiénes son las autoridades responsables de establecer los criterios para el tasaje de información y la selección documental, y quién es el personal que se encarga de dichas tareas.

Que garantice por escrito que, al realizar las labores archivísticas de catalogación y sistematización, no se ha visto afectada la organización de origen de los acervos históricos que resguarda.

Finalmente, consideramos que la única manera en que el Archivo General de la Nación puede actuar en consecuencia con una política de apertura es eliminando de inmediato el procedimiento de consulta por medio de versiones públicas, mismas que imposibilitan la comprensión de la lógica del archivo, de acuerdo con los usos y utilidad que se le dio a la documentación en las instancias de seguridad nacional donde fueron originados.

Quienes firmamos nos pronunciamos firmemente por la consulta irrestricta de todos los fondos que dan cuenta de la historia de nuestro país. El Archivo General de la Nación debe permitir y garantizar la consulta de los documentos originales que éste resguarda sin tasajes ni censuras de ningún tipo.

El acceso irrestricto a los archivos gubernamentales del pasado reciente es de crucial importancia en un país donde se pretende abrir un camino hacia la reconciliación y la paz. Los memoriales, los reconocimientos y los actos de perdón corren el riesgo de quedarse en el simbolismo y convertirse en demagogia si no van acompañados de una gestión pública de los archivos históricos libre de censura, que facilite los procesos de investigación para ampliar el conocimiento histórico y la memoria, pero sobre todo que incentive y acompañe los procesos de justicia.

Atentamente