El Colectivo por la Transparencia identificó “disposiciones regresivas” y “retrocesos históricos” en materia de transparencia y de derecho de información en un documento elaborado por el PRI y la Presidencia de la República.

“La propuesta que hace el Grupo Parlamentario PRI/Presidencia de la República incluye disposiciones regresivas, muchas de ellas inconstitucionales, que tienen por objeto debilitar y someter al sistema de transparencia propuesto, minimizar al IFAI y aletargar/entorpecer el derecho a la información de los ciudadanos”, evaluó uno de los grupos en un diagnóstico que hizo llegar al Colectivo.

En una tarjeta informativa a la que tuvo acceso REFORMA, se hizo saber que “a última hora y de forma opaca, se le incluyeron (a la iniciativa presentada en diciembre por las fracciones del PRI, PAN, PVEM y PRD) disposiciones preocupantes y regresivas. Esta propuesta significa profundizar la regresión e insistir en eliminar de la iniciativa toda disposición innovadora o funcional.El diagnóstico alude al artículo 190, al que el PRI y la Presidencia agregaron un párrafo en el que se propone que cuando se considere que una resolución del organismo garante de que se trate ponga en riesgo la seguridad nacional, cualquier individuo podrá hacerlo del conocimiento del Consejero Jurídico del Gobierno para que éste determine lo conducente.

La observación del Colectivo establece que el contenido del párrafo “permitirá que los sujetos obligados puedan ‘defenderse’ de la transparencia vía la Suprema Corte, (lo cual) impactará negativamente en la rapidez con la que se debe otorgar la información y abre la ventana para que se judicialice el procedimiento”.

El diagnóstico del Colectivo alerta de la inclusión de un nuevo causal de reserva de la información, el que tiene que ver con la “estabilidad financiera, económica monetaria”.

Para el Colectivo, “toda la información que refiera a actos de corrupción puede quedar reservada indefinidamente si alguien considera (que) esto puede atentar contra la estabilidad económica (al reducir las calificaciones internacionales, por ejemplo), sin previa revisión ni explicación alguna”.

“Esta disposición contraviene la Constitución y el derecho internacional, (pues) toda la información de los sujetos obligados es pública salvo un régimen temporal de excepciones. Actualmente las reservas son de máximo 12 años y solamente pueden ser prorrogables por otros 12 años”, advierten los especialistas.

A su juicio, hace falta “una definición correcta, completa y suficiente de ‘estabilidad financiera’, ‘estabilidad económica’ y ‘estabilidad monetaria'”.

Los especialistas señalaron riesgos en los artículos 24 y 43 de la propuesta de la Presidencia, pues para declarar la inexistencia de información bastaría “con que la autoridad justifique que no ejerció las facultades que la ley le atribuye”.

Fuente: Reforma