Mientras tú lees estas palabras, en el Senado de la República se prepara la discusión de una parte sustantiva del legado del gobierno de Enrique Peña Nieto. Ayer, 7 de febrero, se cumplió el plazo legal para que el Congreso de la Unión aprobara la Ley de Transparencia, que da vida a las reformas en la Carta Magna sobre esta materia. La caducidad de la fecha constitucional es un asunto menor, ante el riesgo inminente de que esta nueva legislación descarrile más una década de avances en materia de transparencia. Juzga en los siguientes párrafos si la metáfora del descarrilamiento es una exageración.

Hay un dictamen de la Ley de Transparencia que no tiene padre, ni madre, ni autor, pero en su contenido están los rieles torcidos que sacarán al tren de la vía. Como el Senado lleva sus discusiones a puerta cerrada es imposible saber si el dictamen huérfano es el parámetro de la discusión o sólo un perverso mecanismo de distracción política. Desde la creación del IFAI en el 2003, México ha avanzado en un proceso de construcción institucional y cambio cultural. Poco a poco, las burocracias han digerido la noción de que la información en resguardo del gobierno es propiedad de los ciudadanos. Si el dictamen es en efecto un borrador de la Ley que se votará en días próximos, México enfrenta una regresiva contrareforma en materia de transparencia gubernamental.

En el artículo 24 del dictamen se elimina la obligación para que las dependencias de gobierno documenten todos los actos que deriven del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones. Este artículo es un retroceso no sólo en materia de acceso a la información y archivos de gobierno, sino en la gestión ordenada de la administración pública.

En el artículo 103 se libera a los sujetos obligados de la responsabilidad de “fundar y motivar” la clasificación de cierta información como confidencial. Esto abre la posibilidad de que un burócrata decida que un dato o documento es Top Secret por el soberano criterio de sus pistolas. En el artículo 113 se permite que cualquier legislación pueda determinar la confidencialidad o reserva de cierta información erosionando el principio fundamental de máxima publicidad. Por ejemplo, si la ley que regula los fideicomisos de Hacienda clasifica que toda la información relacionada es confidencial, la ley de transparencia queda invalidada en este tema.

Este dictamen fantasma también puede generar una sombra preocupante sobre el logro principal del gobierno de Peña Nieto: la reforma energética. En el artículo 83 se modifica la obligación de incorporar en la Ley de Transparencia los documentos relacionados con las actividades de exploración, extracción, producción y refinación del petróleo. Asimismo se elimina la obligación de que las bases, reglas, ingresos, costos, contraprestaciones, contribuciones y pagos previstos en los contratos sean debidamente difundidos y públicamente consultables.

Nigeria y Noruega son dos países con la bendición geológica de ser ricos en petróleo. Uno de ellos logró crear un dinámico mercado de energía que garantizará el desarrollo y prosperidad de varias generaciones. El otro país está enfermo de pobreza y violencia. La diferencia central entre los sectores energéticos de Nigeria y Noruega es la transparencia de la información gubernamental y su actitud ante la corrupción. El futuro del sector energético mexicano empieza con las definiciones que tome el Senado en materia de transparencia.

La ley de acceso a la información y el IFAI son dos de los logros más importantes del proceso de transición a la democracia. Convertir a estos instrumentos ciudadanos en una simulación escenográfica sería una señal ominosa sobre la dirección en que se está moviendo a México.

@jepardinas

Fuente: Reforma