En México existe una diversidad de instituciones relacionadas con la promoción de la rendición de cuentas y por consiguiente, múltiples puntos de vista, intereses y objetivos.

El amplio volumen de tareas de vigilancia, al no estar coordinado debidamente, ni actuar con objetivos y métodos comunes o concertados, ha mostrado limitaciones en cuanto a ofrecer a la ciudadanía, y a los propios entes auditados, un panorama completo y a profundidad respecto a la situación real de la gestión pública.

Lo anterior hace que, en ocasiones, el conocimiento y el análisis se fragmenten y parcialicen, restringiendo su vinculación con otras áreas o disciplinas afines.

El Sistema Nacional de Fiscalización(SNF) consiste en una coordinación de acciones por parte de todos los órganos que llevan a cabo labores de fiscalización, tanto interna como externa, independientemente del Poder en el que estén encuadrados –Ejecutivo, Legislativo o Judicial-, o el nivel de gobierno al que correspondan –federal, estatal o municipal-, con el propósito de generar condiciones que permitan un mayor alcance en las revisiones efectuadas al uso de los recursos públicos, así como evitar duplicidades u omisiones en estos procesos.

El SNF pretende atender la necesidad de formar un frente común, a todos los niveles de gobierno y desde todos los ámbitos de análisis, para examinar a fondo la gestión pública y el uso de los recursos, con el fin de mejorar sustancialmente la rendición de cuentas. La fragmentación a la que se ha hecho alusión tendería a ser eliminada a través de la implementación de medidas, como la integración de normas de profesionales de auditoría reconocidas a nivel internacional, en nuestra práctica común.

Aún con las diferencias que normalmente podemos encontrar en los distintos regímenes y gobiernos a nivel mundial, a lo largo de los años se han alcanzado distintos niveles de consenso respecto a lo que constituye la mejor práctica de una disciplina.

Las asociaciones de profesionales, en cualquier ámbito del conocimiento, tienen como misión la determinación de normas técnicas que permitan difundir los desarrollos de vanguardia en las disciplinas correspondientes, el análisis de las variaciones que se operan en el entorno para ajustar dichos ordenamientos y revisar, con actitud crítica, sus resultados.

La participación de distintos países en su elaboración proporciona, sin duda, una mayor riqueza y profundidad conceptual, que permite establecer un marco de referencia para el desarrollo profesional de las labores auditoras.

Las normas pueden ser adaptadas a las circunstancias de quien debe aplicarlas, lo que las dota de validez y confiabilidad para una gran diversidad de entornos.

Es decir, los principios contenidos en las normas profesionales de auditoría pueden ser reconocidos por distintos tipos de organizaciones sin que esto afecte su autonomía o violente el contenido y los límites de su mandato constitucional o legal, según sea el caso.

Respecto al ejercicio de la auditoría gubernamental, ya sea que se trate de la que se lleva a cabo de manera externa o al interior de los distintos órganos estatales, existe una serie de normas, sancionadas internacionalmente, que han sido fruto de la cooperación multilateral de instancias auditoras, de organizaciones profesionales y de instituciones académicas y de investigación, coordinada por el Comité de Normas Profesionales de la INTOSAI.

Existen en estas normas temáticas de gran importancia, los principios fundamentales expresados en las líneas básicas de la fiscalización, así como los distintos requisitos para el correcto funcionamiento de instancias auditoras.

Entre estos requisitos se encuentra la independencia técnica y de opinión respecto al ente auditado, los principios de transparencia y rendición de cuentas, la aplicación de un Código de Ética y la existencia de mecanismos que permitan el aseguramiento de un control de calidad riguroso que, a su vez, garantice la pertinencia de los resultados obtenidos del proceso fiscalizador.

Estos son, entre otros, algunos elementos que se pueden aceptar, independientemente de las características de las instituciones o del mandato que tienen encomendado.

Asumir estos principios traerá como consecuencia necesaria el que de ellos se desprenda una serie de preceptos y líneas a desarrollar a través de reformas legales, aplicación de metodologías específicas, reingeniería de procesos y establecimiento de sinergias con otras entidades relacionadas con el mismo objetivo.

A pesar de que a primera instancia, podría pensarse que las normas profesionales aplicables a las Entidades de Fiscalización Superior y los Órganos Internos de Control deberían ser distintas, en el ámbito internacional existen diversos casos en los que, ambas instancias fiscalizadoras las comparten. Destacan Australia, Argentina, Brasil, Canadá, Francia y Reino Unido.

La integración de normas profesionales de auditoría gubernamental en nuestro país puede ofrecer respuestas reales a las necesidades de la labor de vigilancia y fiscalización, gracias a la riqueza conceptual que se deriva de su diversidad.