El 8 de diciembre de 2011, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 310 votos, y turnó al Ejecutivo Federal el decreto que crea la Ley Federal de Archivos, con la cual se pretende fortalecer la conservación, consulta y difusión de los archivos en el país en posesión de los Poderes de la Unión y organismos autónomos. Por decreto presidencial, dicha ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 2012 y entró en vigor al día siguiente.

Entre otros beneficios, a través de esta ley, se otorga al Archivo General de la Nación (AGN) la responsabilidad de la archivística nacional en la clasificación de archivos y emisión de criterios, y lo cataloga como organismo descentralizado de la Secretaría de Gobernación (SEGOB).

La nueva ley obliga también a los tribunales administrativos federales y cualquier otro órgano federal a establecer los mecanismos de colaboración entre la Federación, los estados y municipios, y que fomenten la conservación, consulta y difusión del patrimonio documental de la nación.

El dictamen por el que se crea la Ley Federal de Archivos se integra de 56 artículos clasificados en cinco capítulos. En el primero, se señalan las disposiciones generales de la ley; en el segundo se establece la política en materia de organización y administración de los archivos; en el tercero se indican las autoridades responsables de la aplicación de las disposiciones contenidas en la ley; en el cuarto se establece el Registro Nacional de Archivos como el instrumento catastral del AGN para el registro y difusión del patrimonio documental, y en el quinto capítulo se considera la creación del Sistema Nacional de Archivos. Dicho sistema deberá incluir los criterios de administración de los documentos en posesión de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo Federal.