La difusión de la lista de deudores por parte del Sistema de Administración Tributaria no viola la protección de datos personales pues se trata de una reforma al artículo 69 del Código Penal que obliga “a la autoridad a dar a conocer los datos de los contribuyentes con créditos fiscales en firme, deudas exigibles pero sin garantía, no localizados y con sentencia condenatoria”.
En su última sesión del pleno del IFAI, la comisionada Jacqueline Peschard, indicó que los impuestos y el secreto fiscal no son derechos fundamentales.
“A lo que responde la difusión es a la reforma al artículo 69 del Código Fiscal como va afectar los datos personales si es una ley, el tema del secreto fiscal no es un derecho fundamental es un secreto fiscal”, explicó…
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