Los consejeros electorales del nuevo INE surgieron de un proceso de selección eminentemente político y no podía ser de otra manera, pues nombrarlos es facultad y responsabilidad de la Cámara de Diputados, en donde está representada la pluralidad de las fuerzas políticas de nuestro país. El nombramiento es una decisión política, pero debe de ir más allá de la mera partidización.
Dado que los consejeros electorales integran un órgano constitucional autónomo, que ahora es de carácter nacional, su independencia de los partidos políticos es un requisito obligado para asegurar que el INE cumpla con los principios y objetivos que tiene encomendados. Sin embargo, el proceso de nombramiento es una decisión política y no puede pretenderse que se asemeje a un concurso para ocupar una plaza académica o técnica, en el que se miden esencialmente logros profesionales y donde, en principio, los ganadores son el resultado de la sola evaluación de los méritos probados.
Por el contrario, un proceso político, que en este caso implica llegar al acuerdo de una votación de las 2/3 partes de los diputados, obligadamente pone sobre la mesa las posiciones, los cálculos y las consideraciones de los distintos partidos políticos, en donde lo que está en juego es su capacidad de incidir en la decisión final, pues es ahí donde se prueba su fuerza política. Es un proceso de negociación y de intercambio entre actores con distinto peso específico, por ello es que la habilidad operativa de los líderes juega un papel clave en la construcción del acuerdo final.
Pero una cosa es que los consejeros sean impulsados por algún partido político, lo cual es inevitable porque son los actores del proceso de selección, y otra muy distinta es que los consejeros sean sus alfiles o sus correas de transmisión, que se conciban como sus fieles voceros. Eso sí afecta su capacidad de decisión autónoma que es indispensable para que la autoridad electoral cumpla cabalmente con ser el árbitro imparcial de los comicios.
El hecho de que la propia reforma constitucional en materia político-electoral incorporara al proceso de selección a un Comité Técnico de Evaluación, respondió a la exigencia de la sociedad de limitar los márgenes de discrecionalidad de los partidos, es decir, para acotar las tentaciones de partidizar el proceso y, con ello, proporcionar los dos requisitos indispensables en un consejero electoral: el conocimiento técnico de la materia y la distancia frente al poder.
El hecho de que el alcance y la función de dicho Comité Técnico estuvieran legal y previamente establecidos, elevó el costo de cualquier pretensión de alguno de los partidos políticos de modificar las once listas, sustentadas en la evaluación de perfiles y desempeño. Las tentaciones estuvieron presentes, pero la visibilidad y la propia relevancia política del proceso las anularon.
Al final, lo relevante fue que se logró un amplio acuerdo político y que fue a tiempo; que estuvo respaldado por 417 votos de los 462 diputados presentes, cifra muy superior a los 330 votos necesarios. Ello impidió que tuviera que recurrirse a la figura del sorteo en la propia Cámara de Diputados o, peor aun, que se hubiera dejado al último recurso de que la Suprema Corte de Justicia insaculara.
Como bien dijo Lorenzo Córdova, al asumir su cargo como presidente del Consejo General del INE, su nombramiento fue producto de un consenso entre las fuerzas políticas, pero ello no implica que le deba favores a alguno de los partidos. Esta es una concepción digna de su estatura moral y profesional, pero ineludible en todos los consejeros si lo que se quiere es no sólo rescatar la credibilidad en el órgano electoral, sino reivindicar la confianza en las decisiones políticas.
Ex comisionada presidenta del IFAI
Fuente: El Universal