A través de una carta abierta dirigida al Congreso de la Unión, la organización México Evalúa pidió no esperar y aprobar de manera urgente la Ley General de Transparencia en la Cámara de Diputados y el Sistema Nacional Anticorrupción en el Senado.

Dirigida a las comisiones de Gobernación, Transparencia y Anticorrupción de la Cámara de Diputados, así como a las de Puntos Constitucionales, de Estudios Legislativos Segunda, de Anticorrupción y Participación Ciudadana del Senado, la organización señaló que la democracia mexicana enfrenta en los últimos años uno de los mayores retos para su consolidación.

Dijo que requiere fortalecer su marco institucional para que la aplicación de la ley genere las condiciones para una rendición de cuentas cabal de todos los servidores públicos del Estado.

Es por ello, que los esfuerzos de los últimos meses para consolidar propuestas legislativas que sienten las bases tanto de un Sistema Nacional de Transparencia como de un Sistema Nacional de Combate a la Corrupción deben llevarse a buen puerto a la brevedad.

Los recientes y lamentables escándalos de opacidad, presunto abuso de la función pública y utilización de recursos para beneficiar funcionarios tanto de empresas del sector público como del sector privado nos recuerdan que el Congreso de la Unión no puede retrasar más la aprobación de la minuta de la Ley General de Transparencia, bajo análisis en la Cámara de Diputados ni la del Sistema Nacional Anticorrupción que está siendo revisada en la Cámara de Senadores.

Refirió que las propuestas son el resultado del trabajo conjunto de legisladores, organizaciones de la sociedad civil y academia. Reconocemos la apertura y el ánimo de colaboración de los Diputados y Senadores, en este sentido, y consideramos que lo aprobado hasta ahora representa un avance sustantivo.

Por un lado, articula la labor de las distintas instituciones del Estado Mexicano para fortalecer considerablemente la transparencia de sus decisiones, abriendo el espacio a la ciudadanía para conocer sus fundamentos, los usos del erario y el contenido de investigaciones en casos de violaciones de derechos humanos. Por el otro, coordina las instancias del Estado encargadas de atajar y combatir la corrupción.

Compartimos con ustedes algunos de los puntos más importantes en cada una de las minutas que están bajo su consideración, con el fin de recordarles las bondades de estos esfuerzos legislativos y solicitarles que aceleren su ratificación, ya que los tiempos del actual periodo de sesiones son muy cortos y las necesidades de brindar este nuevo marco jurídico muy apremiantes.

Señalaron que en el caso de la Ley General de Transparencia ha aumentado el número de sujetos obligados a transparentar la información pública, de forma tal que los tres poderes públicos, los órganos autónomos, los partidos políticos (incluidos los grupos parlamentarios), los fideicomisos, los fondos públicos, los sindicatos y todo aquél ente que ejerza recursos públicos serán sujetos obligados a la Ley General de Transparencia y deberán responder a las obligaciones de transparencia que ésta impone.

Que establece la obligación para la autoridad de justificar cualquier acto de reserva de información de manera oportuna. De esta forma, al momento que decida reservar alguna información, tendrá que realizar una prueba de daño, para demostrarle legalmente al ciudadano interesado que la difusión de la información que solicita puede causar un daño a un interés público y que este daño es mayor al beneficio de darla a conocer.

Homologa y reduce los plazos de respuesta a solicitudes de transparencia, así como de reserva de información a nivel nacional. En el primer caso, será de 20 días más la posibilidad de ampliarlo en diez días más. En el segundo caso, el periodo total de reserva se redujo de 12 a diez años, y el primer periodo de siete a cinco años.

Contempla la creación de una plataforma nacional de transparencia que fungirá como herramienta para operar las solicitudes de información y recursos de revisión a nivel nacional. Además, se prevé que recoja la información de 48 obligaciones de transparencia de todos los sujetos obligados, así como de otras obligaciones específicas sólo para algunos de ellos, de tal manera, que la información estará integrada y disponible para el ciudadano en un solo sitio.

Establece la obligación de hacer pública la información sobre las condonaciones de créditos fiscales para evitar la tentación de abusar de esta política pública. Asimismo, establece la publicidad de los contratos de las licitaciones, así como de las ofertas de aquellos proveedores a los que se les adjudique un contrato del Estado mexicano de forma directa.

Limita las causales de reserva de información a nivel nacional, eliminando la que se había propuesto para reservar información bajo el argumento de la estabilidad económica, financiera y monetaria, lo cual, de haberse aprobado en los términos originalmente propuestos, hubiese mermado consideradamente la transparencia de información muy relevante y necesaria para fortalecer la rendición de cuentas en el manejo de las finanzas públicas. Además, quedó inscrito que no podrá reservarse información en casos de violaciones a derechos humanos, ni siquiera en el curso de su investigación.

Contiene más de una decena de causales de sanción que se aplicarán cuando no haya respuesta a las solicitudes de información de los ciudadanos, cuando se incumplan los plazos de atención, cuando se responda con negligencia, dolo o mala fe, o cuando se manipule el uso de documentos oficiales.

Mientras que en el caso del Sistema Nacional Anticorrupción destacó que fortalece las facultades de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) de forma que, de aprobarse la minuta en mención, dicha instancia podría iniciar sus trabajos de fiscalización desde el primer día hábil del año fiscal siguiente.

Asimismo, celebramos que la minuta establezca que la ASF debe publicar informes parciales de su labor de fiscalización de la cuenta pública, de forma tal que el Congreso tenga insumos con mayor prontitud para el análisis y aprobación subsecuente del Presupuesto de Egresos de la Federación.

Consistente con lo aprobado en materia de transparencia para fortalecer mecanismos de publicidad de información de licitaciones públicas y de fideicomisos que reciban fondos públicos, se fortalece las facultades de investigación y fiscalización de la ASF en estos dos rubros.

Faculta tanto la ASF como la Secretaría de la Función Pública a presentar juicios de revisión si llegaran a identificar casos de inacción de la Fiscalía Especializada en Materia de Anticorrupción. Dicha facultad genera incentivos institucionales para impedir que investigaciones sobre funcionarios y agentes privados potencialmente corruptos se detengan por una labor deficiente de la fiscalía encargada de integrar los expedientes para presentar los casos ante los tribunales respectivos.

Amplia los plazos de prescripción del delito de corrupción de tres a siete años. Si bien hemos señalado en diversos foros la conveniencia de que dicho plazo fuera aún mayor (por lo menos de 15 años), este cambio es de celebrarse.

Prevé la creación de una sala especializada, dentro del Tribunal de Justicia Administrativa, encargada de juzgar los casos de corrupción y de faltas administrativas graves. Reconocemos que la legislación secundaria tendrá que precisar este término de gravedad con el fin de establecer con claridad las facultades para esta sala, así como los casos que podrá investigar la ASF…

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