Por Lourdes Morales y Daniel Manchinelly

La nueva Ley Federal de Archivos, fundamental para el sistema de rendición de cuentas en México, fue aprobada el 9 de diciembre por la Cámara de Diputados. El Instituto Federal de Acceso la Información y Protección de Datos (IFAI), la Secretaría de la Función Pública (SFP), y el Archivo General de la Nación (AGN) serán los responsables de crear los lineamientos que normen a esta ley a más tardar en un año.

Estos lineamientos abordarán la organización y conservación de los archivos del Poder Ejecutivo para evitar pérdidas o destrucción de documentos de la Administración Pública Federal. Además, establecerán las bases para la creación y uso de sistemas automatizados de gestión y control de documentos en formato físico y electrónico. Incorporarán también medidas que garanticen la autenticidad, seguridad, integridad y disponibilidad de los documentos de archivo electrónico, así como su control y administración archivística.

Destaca que el Archivo General de la Nación transitará de órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación a organismo descentralizado de la administración pública federal – contará con autonomía de gestión y personalidad jurídica propia para lograr el íntegro cumplimiento de sus objetivos específicos y metas. La ley dota al AGN con las atribuciones suficientes para ser un órgano rector de la archivística nacional y no solamente un custodio de la documentación histórica del país. La nueva ley permitirá al Archivo participar en la creación de política pública para organizar y conservar los documentos de la Administración Pública Federal y asesorar en esa tarea al resto de los poderes federales.

La Ley Federal de Archivos creará un Consejo Nacional de Archivos el cual estará integrado por representantes de los archivos de los tres niveles de gobierno, de los órganos constitucionales autónomos, de instituciones académicas y de archivos privados. El Consejo Nacional de Archivos será el órgano colegiado que tendrá por objeto establecer una política nacional de archivos públicos y privados así como las directrices nacionales para la gestión de documentos y la protección de la memoria documental nacional.

En noticias locales, el Congreso de Puebla inició el 9 de diciembre el trámite para la aprobación de una nueva Ley de Transparencia. Entre sus aspectos positivos, esta ley amplía las obligaciones de transparencia y la información pública de oficio. Determina también que la Comisión de Acceso a la Información Pública (CAIP) garantizará la rendición de cuentas de los sujetos obligados y no sólo del gobierno del estado; que sus resoluciones serán definitivas, inatacables y obligatorias; y que los comisionados serán designados a través de un proceso público, en el que se privilegiarán los conocimientos y la experiencia. Además, contiene un capítulo de sanciones en el que se precisan las conductas que se harán acreedoras de amonestaciones e inhabilitaciones.

Sin embargo, la nueva ley mantiene el secreto bancario y fiduciario, no considera las figuras de “prueba de daño” e “interés público” y no garantiza la participación de la sociedad civil en la designación de los integrantes de la CAIP. La ley incrementa las funciones de la CAIP pero no le otorga un incremento presupuestal, la semana pasada se le aprobó un presupuesto para 2012 inferior al que recibió este año.

En Jalisco, el 8 de diciembre, el pleno del Congreso del Estado decidió derogar la Ley de Transparencia en la entidad, para crear en fast track la Ley de Información Pública. La nueva ley endurece sanciones ante el incumplimiento, incluso para los particulares que difundan información que haya sido “reservada”, con una pena que iría de uno a cinco años de prisión y una multa de entre 50 y mil días de salario mínimo.

Diputados jaliscienses destacaron la ampliación del número de sujetos obligados, especialmente para organismos públicos y el incremento de las obligaciones de transparencia para los poderes Legislativo y Judicial. Sin embargo, la ley derogada ya establecía que cualquier entidad creada y administrada con recursos públicos era sujeto obligado de la ley.