Reconozco y celebro la naturaleza del evento que nos convoca esta mañana. El IFAI ha tomado la certera decisión de presentar de cara a la sociedad y con la participación de la misma su emblemático décimo informe de labores, correspondiente al año 2012. Sin duda, un ejercicio de rendición de cuentas que otras instituciones públicas deberían seguir y el IFAI profundizar en los años venideros.  Es por ello que agradezco profundamente a las y los Comisionados del Instituto, así como a su Secretario General la invitación que me han hecho para participar de este evento.

Guillermo O´Donnell sostenía que en nuestras democracias latinoamericanas, marcadas por una precaria y desigual realización de derechos sociales; los derechos políticos (que sí son universales) cobran una relevancia aún mayor: éstos se erigen como una herramienta privilegiada que puede ser utilizada por los ciudadanos para acceder y conquistar plenamente sus derechos sociales. No tengo la menor duda de que éste es el caso del derecho de acceso a la información. De ese tamaño es la trascendencia y relevancia pública de la labor del IFAI, y por tanto, del informe que hoy nos presenta.

¿Qué nos dice el Informe de labores sobre el desempeño de IFAI durante el año 2012 en la efectuación de su misión institucional?, ¿Qué nos dice sobre la capacidad de la APF en su conjunto para realizar de forma plena el derecho a saber?, ¿Qué nos dice sobre los retos  normativos, institucionales, organizativos y presupuestales implicados en la realización plena de este derecho llave? Destaco tres lecciones clave:

1. Tenemos un diseño institucional que garantiza razonablemente el cumplimiento de la Ley vigente en materia de acceso a la información en el nivel federal de la AP:

A. Menos de 1 de cada 100 visitas a los POT se traducen en una solicitud de información directa a los sujetos obligados.

B. Un poco menos de cinco de cada 100 solicitudes de información directa a las distintas dependencias de la APF terminan en un recurso de inconformidad ante el IFAI.

C. Las resoluciones del IFAI fueron cumplidas en el 99.4% de las ocasiones por los sujetos obligados.

2. Tenemos una APF que produce mucha información, pero no necesariamente la que más importa a los ciudadanos, ni en los formatos más amigables y accesibles, particularmente aquélla que resulta social y económicamente útil.

A. Hace unos momentos mencioné que en general, menos del 1% de las visitas a los POT se traducen en una solicitud de información directa a los sujetos obligados.

B. Sin embargo, esta cifra se incrementa en 100% cuando el objeto de interés del ciudadano en su visita al POT se relaciona con trámites, servicios, programas de subsidio o resultados de la gestión de la APF. En estos casos, en promedio, una de cada 10 consultas a los POT se traducen en una solicitud de información directa a los Sujetos Obligados. Ello explica por qué los “clientes frecuentes” de la Ley son el IMSS, la SEP, el ISSSTE, el SAT.

3. Tenemos una APF que crecientemente litiga las decisiones del IFAI, o bien, que no enfrenta consecuencias cuando no acata las resoluciones del Instituto.

A. Sólo en 2012 se interpusieron 41 juicios de amparo en contra de las resoluciones del IFAI.

B. En los últimos tres años el IFAI ha interpuesto ante los OICs correspondientes 14 denuncias de incumplimiento a las resoluciones del Instituto. Hasta el cierre del informe, ninguno de estos casos se ha traducido en sanción alguna por la SFP.

Debo resaltar que las cifras y reflexiones antes ofrecidas no reflejan sino una realidad parcial e incompleta del estado que guarda el derecho de acceso a la información en el país, en tanto que no son incluyentes, por ejemplo, de los gobiernos estatales, de los sindicatos públicos y de los partidos políticos; tres de los actores más cuestionados en términos de transparencia y probidad. Su inclusión y regulación resulta tan urgente como necesaria. Es por ello que desde aquí hago un llamado respetuoso pero enfático a la Cámara de Diputados para que en esta misma semana contemos con la Reforma Constitucional en Materia de Transparencia bajo los términos de la minuta definidos por el Senado, particularmente en lo relativo a la inatacabilidad de las decisiones del IFAI, en la inclusión de sindicatos y partidos políticos como sujetos obligados, y en un procedimiento pertinente y razonable para el nombramiento de las y los comisionados.

La transparencia, el acceso a la información y la vigencia de los derechos de los ciudadanos no pueden seguir siendo rehenes de juegos políticos, la reforma no puede esperar una semana más. Tenemos que aspirar a un estado que en verdad empodere a los ciudadanos; sólo así podremos lograr una sociedad más justa y equitativa.