Al dar a conocer el Índice Nacional de los Órganos Garantes del Derecho de Acceso a la Información (INOGDAI), que evalúa a las instituciones que deben garantizar la transparencia en los 31 estados de la República y en el Distrito Federal, las organizaciones civiles ARTICLE 19 Oficina para México y Centroamérica, y México Infórmate revelaron que el promedio de desempeño es de 53.6% en relación con la máxima garantía del derecho.
En la presentación del Índice participaron Darío Ramírez Salazar, director de Artículo 19 en México y Centro América, Ana Cristina Ruelas, Oficial del Programa de Acceso a la Información de Artículo 19, Gabriela Morales Martínez, Coordinadora nacional de México Infórmate, Manuel Silva Coache, Coordinador estatal de México Infórmate y el Dr. Nicolás Loza Otero, Profesor e Investigador de la FLACSO México.
El índice revela que 81% de los órganos estatales de transparencia reprobó. La entidad peor calificada es San Luis Potosí, con 20.1%, seguida por el Estado de México, con 39.2%. El mejor evaluado es Puebla, con apenas 70%.
El INOGDAI se basa en la información oficial solicitada y recabada durante siete meses, y fue analizada y sistematizada por más de un año. Analiza tres categorías, que representan las funciones principales de los órganos garantes para la protección del derecho: Transparencia y Rendición de Cuentas de los Órganos Garantes, Promoción del derecho de acceso a la información y Resolución de Controversias.
Los promedios nacionales por categoría fueron:
- 63.6 % en Transparencia y Rendición de Cuentas de los Órganos Garantes.
- 46.5% en Promoción del derecho de acceso a la información.
- 50.8% en Resolución de Controversias.
El derecho de acceso a la información es un derecho fundamental y ha sido reconocido como un elemento esencial en los procesos de construcción democrática. Es una condición necesaria para la exigencia y el ejercicio de otros derechos humanos y además es un vehículo para la participación ciudadana.
La efectividad y universalidad del ejercicio de este derecho requiere garantías. Por esto, la Constitución Política reconoce la existencia de órganos especializados, imparciales y autónomos que garantizan el derecho de acceso a la información.
En el país existen 33 órganos de transparencia que de acuerdo al pacto federal se integran en 31 órganos estatales, uno en el Distrito Federal y el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI). Existen dos cimientos bajo los que operan los Órganos descritos.
El primero es que estos órganos garantes son sujetos obligados porque reciben recursos públicos y deben rendir cuentas sobre el quehacer diario del servicio público dispuesto en la Constitución o la Ley. En este sentido, al igual que cualquier autoridad, tienen la obligación de dar respuesta a los ciudadanos sobre cualquier solicitud de información y deben generar y transparentar toda información pública de oficio.
El segundo es que además de ser sujetos obligados, los órganos garantes tienen cuatro funciones sustantivas que en conjunto buscan maximizar la protección y garantía del DAI:
• Funciones de promoción del DAI. El DAI es un derecho humano reconocido en la Constitución, por lo tanto los órganos de transparencia deben difundir su utilidad respecto al ejercicio ciudadano.
• Funciones cuasi jurisdiccionales de resolución de controversias. Cuando las autoridades públicas nieguen o limiten el acceso a información solicitada por las personas o declaren su inexistencia, corresponderá a los Órganos garantes resolver sobre su inconformidad y determinar sobre su publicidad, clasificación o existencia.
• Funciones de supervisión. Los Órganos garantes son los encargados de vigilar que las autoridades públicas cumplan con sus obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información conforme a la legislación federal o estatal.
• Funciones de regulación. Los Órganos garantes son los responsables de emitir criterios para la publicación y entrega de información.
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