El máximo tribunal constitucional del país respalda las enmiendas a la Constitución de Sonora, que reducen el período del gobernador de seis a tres años. Esto permite la coincidencia de la elección local con la presidencial en 2030.
“Las reformas a la constitución local son válidas porque la modificación al calendario electoral que se analiza está dentro del ámbito de competencia de las entidades federativas, y en el caso no se acredita una violación a ninguno de los límites dispuestos en el artículo 116 constitucional”, afirmó Juan Luis González Alcántara Carrancá, ponente del caso.
El máximo tribunal constitucional del país resolvió en contra las acciones de inconstitucionalidad promovidas por el PRI, PAN, MC y PRD para demandar la validez del Decreto 93 que reforma la Constitución de Sonora en materia de elección de gobernador, publicado en el Periódico Oficial local el 2 de marzo de 2023.
“Una interpretación sistemática y armónica de los artículos 134 y 116 constitucionales obligan a concluir que la Constitución permite a las entidades federativas celebrar elecciones de gobernadores con una periodicidad menor a 6 años. Y, segundo, porque los argumentos sobre la idoneidad del periodo de 3 años escapan a nuestro ámbito decisorio, que conforme a los precedentes aprobados por este pleno debe de limitarse a verificar únicamente la regularidad constitucional de las decisiones que están dentro del ámbito de la libertad configurativa de las entidades de la federación’’, agregó el ministro instructor.
Fuente: El Economista