Cabría hablar de hombricidio o varonicidio si hubiese indicios de que una víctima fue asesinada por tener pene, testículos o cualquier otra evidencia física o identitaria de su masculinidad.
Es verdad que en México son asesinados muchos más hombres que mujeres, pero es un número escandalosamente superior el de las mujeres que pierden la vida porque nacieron con vagina, senos y poseían otras características ligadas a la noción de feminidad.
El homicidio implica arrebatarle la vida a otra persona y pueden sumarse a la definición agravantes tales como la premeditación, la ventaja o el vínculo filial. Sin embargo, cuando el asesinato incluye el deseo deliberado por exterminar a partir de motivos relacionados con la sexualidad, no estamos frente a un delito agravado sino ante un crimen que merece ser definido de manera distinta.
A este respecto el orden de los factores es fundamental: antes de ocurrir el asesinato se expresan de algún modo los motivos del odio sexualizado, la pulsión de exterminio, el instinto por mutilar, el deseo imperioso para causar un daño fatal; luego vendrá la muerte como terrible corolario.
Tendrían razón quienes proponen incluir en la ley el delito de hombricidio si, en los asesinatos cometidos contra varones, hubiera constancia de que el perpetrador (o la perpetradora) habrían tenido como propósito atentar contra la identidad masculina de la víctima.

Fuente: El Universal

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Por: Ricardo Rapahel