Por Auditoría Superior de la Federación
Esta institución se encarga de fiscalizar el uso de los recursos públicos federales en los tres Poderes de la Unión (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), los órganos autónomos (UNAM, IFAI, COLMEX, etc), los estados y municipios, e incluso los particulares cuando reciben recursos públicos. El propósito de la ASF es verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en las políticas y programas gubernamentales, el adecuado desempeño de las entidades fiscalizadas y el correcto manejo tanto del ingreso como del gasto público.
La ASF busca posicionarse como una institución objetiva e imparcial, técnicamente sólida y sujeta a un proceso de mejora continua, cuyos productos puedan constituirse en un elemento central para el Poder Legislativo en la definición de las asignaciones presupuestarias de los programas, proyectos y políticas públicas. De esta manera, busca generar confianza en la ciudadanía en la medida en que fortalece una cultura gubernamental de transparencia y rendición de cuentas.
El resultado de las auditorías que lleva a cabo la ASF adquiere diversas formas: la constatación del cumplimiento eficaz, eficiente y económico de los mandatos de los entes auditados, la definición de áreas de oportunidad para mejorar la gestión pública, la detección de errores en el registro de las operaciones que se llevan a cabo, o la existencia de desviaciones o irregularidades. Esta última vertiente tiene consecuencias para el ente auditado.
Cuando se generan observaciones como resultado de la fiscalización superior, las entidades fiscalizadas pueden solventarlas durante el desarrollo de las auditorías o al término de éstas, reintegrando los recursos económicos empleados incorrectamente al erario federal, al patrimonio de la institución, o al fondo federal correspondiente, dependiendo el caso.
De no reintegrar los recursos económicos o no aportar la documentación comprobatoria, la ASF está dotada de las atribuciones necesarias para llevar a cabo las siguientes acciones: 1) Emitir un pliego de observaciones cuando se tienen elementos para suponer que ha habido un daño al erario público federal. 2) Promover ante los Órganos Internos de Control correspondientes, de ser necesario, la aplicación de sanciones administrativas a los funcionarios públicos culpables. 3) Presentar denuncias penales ante las autoridades competentes.